|
La modificación
aprobada para la ley Nº 17.288 sobre Monumentos
Nacionales contempla multas que van desde los
150 mil hasta los 15 millones de pesos y penas
de presidio que podrían llegar a los 10
años para los más graves delitos.
Cambios que, si bien no son suficientes para dar
una respuesta global a la problemática
patrimonial, actualizan una legislación
hasta ahora demasiado débil para hacer
frente a las terribles amenzas a las que, cada
día, se exponen nuestros Monumentos Nacionales.
Con el fin de actualizar las sanciones previstas
en la Ley Nª 17.288, para quienes atenten
contra los Monumentos Nacionales, ajustándolas
a la gravedad de los delitos, y contar con una
legislación más acorde al interés
nacional de proteger sus monumentos, el Senado
aprobó una modificación a la ley,
que surge de la moción planteada en el
año 2001 por el entonces Senador y hoy
Ministro de Educación, Sergio Bitar. Esta
define los distintos castigos, en dinero y penas
de cárcel, para las diversas infracciones
y grados de gravedad, endureciendo la mano notablemente
con respecto a la anterior legislación,
cuyas sanciones son, el algunos casos, irrisorias.
El hurto o apropiación indebida de un Monumento
Nacional, así como la destrucción
o la alteración su integridad pueden acarrear,
además de multas, penas de cárcel,
que llegan incluso a los 10 años para los
más graves delitos. La nueva figura delictual
incorporada a la ley define que quienes destruyen,
alteran o extraen restos pertenecientes a sitios
arqueológicos, antropológicos o
paleontológicos no sólo atentan
contra la propiedad estatal sobre los objetos,
sino contra la historia y la cultura de una Nación.
Al mismo tiempo se incluye una norma que sanciona
expresamente el tráfico de piezas arqueológicas,
estableciendo una circunstancia agravante de la
responsabilidad criminal, que aumenta la pena
en un grado para el que destruya total o parcialmente
un sitio arqueológico.
Realizar en el territorio nacional excavaciones
de carácter arqueológico, antropológico
o paleontológico sin el consentimiento
previo del Consejo de Monumentos conlleva, desde
ahora, una multa de 300 mil a 15 millones de pesos,
aproximadamente. Por otra parte quien, durante
una
excavación , encuentre ruinas, yacimientos,
piezas u objetos de carácter histórico
y no avise al gobernador provincial para que vigile
el lugar hasta que el Consejo se haga cargo, se
expone a una multa de entre 150 mil y 6 millones
de pesos.
|